LUNDIN MINING: GESTIÓN DE RIESGOS DE FATALIDAD (FRM)

FRM 1: Entrada a Espacios Confinados

A. REQUISITOS DE LAS PERSONAS

 

A.1 ESTADO DE SALUD Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL (C.C.)

1.1 Todo el personal que deba realizar trabajos en espacios confinados debe contar con un certificado de salud compatible para trabajo en “Espacios Confinados” emitido por una mutualidad.
1.2 Todo el personal que estime que sus aptitudes técnicas, físicas y/o psicológicas se encuentren disminuidas, debe informar inmediatamente a su supervisor(a), antes de ingresar a espacios confinados, para que pueda ser derivado a un centro de atención médica o reasignado a otras funciones, según corresponda.
1.3 Toda persona que cuente con una restricción y que, a juicio del médico, le impida realizar trabajos en espacios confinados, debe informar su condición a su supervisor(a) directo y ser relevado de sus funciones mientras se mantenga en tratamiento.
1.4 Ningún trabajador(a) puede estar bajo la influencia del alcohol o drogas.
1.5 Todo el personal que deba realizar trabajos en espacios confinados debe contar previamente con un entrenamiento sobre las siguientes materias:

      1. Procedimiento de trabajo específico en espacio confinado.
      2. Procedimiento de emergencia específico para espacio confinado.
      3. Equipos de medición de gases, sus sistemas de alerta y control.
      4. Protocolo de comunicaciones.
      5. Sistemas de aireación y ventilación.
      6. Aislación y bloqueo de energías (LOTOTO).
      7. Segregación del área.
      8. Permisos de trabajo.
      9. Aviso a policlínico.

A.2 RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR(A)

Los supervisores(as) a cargo de los trabajos en espacios confinados son responsables de:
2.1 Planificar el trabajo considerando todas las variables, gases presentes, sus análisis de riesgos y medidas de control.
2.2 Elaborar, dar a conocer y evaluar los conocimientos de sus trabajadores(as) respecto de procedimiento específico de trabajo para espacios confinados y las coordinaciones con la brigada de emergencia.
2.3 Coordinar e informar, previo a la ejecución del trabajo, el lugar, fecha, hora y duración de los trabajos a la brigada de emergencia.
2.4 Verificar que todas las energías presentes y potenciales se encuentren identificadas, aisladas, bloqueadas y con prueba de energía cero (LOTOTO).
2.5 Definir “loro vivo” capacitado(a) para realizar control de acceso, mediciones de gases y comunicaciones para activar las emergencias.
2.6 Asegurar que el personal conozca y cuente con los recursos (radios), entienda y aplique el protocolo de comunicaciones.
2.7 Verificar, antes, durante y después, la correcta implementación de los controles operacionales.

B. REQUISITOS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES (INGENIERÍA)

 

B.1 SEGREGACIÓN Y CONTROL DE ACCESO (C.C.)

1.1 Todos los espacios confinados deben contar con:

      1. Letreros de identificación del espacio confinado y advertencia de tipos de atmósferas peligrosas.
      2. Letrero de prohibición de ingreso, salvo personal estrictamente autorizado.
      3. Letrero con los controles críticos a cumplir frente a la necesidad de ingresar a un espacio confinado

B.2 MONITORIZACIÓN Y MEDICIÓN DE ATMÓSFERA PELIGROSA (C.C.)

2.1 Antes de ingresar a un espacio confinado, siempre se debe realizar medición de la atmósfera peligrosa con un detector de gases certificado y con calibración vigente.
1.2 Se deben registrar los resultados de las mediciones de gases realizadas, los posibles efectos sobre la salud asociados a gases y si es seguro entrar en él.
1.3 El equipo detector de gases debe contar con un sistema de alarma audible y visual que alerte las concentraciones que puedan ser peligrosas para la salud.
1.4 En caso de requerirse, se debe contar con ventilación mecánica según se indique en el permiso de ingreso a espacios confinados.
1.5 Durante todo el desarrollo de trabajo en espacio confinado, debe haber al menos una persona que supervise y chequee con equipo de medición “continua” portátil, equipos de medición con certificación vigente y programa de calibración vigente, según lo indicado en la etapa de planificación. Esto debe quedar establecido en cada procedimiento
específico de trabajo en espacios confinados.

C. REQUISITOS DE LA ORGANIZACIÓN (GESTIÓN)

 

C.1 PERMISO DE TRABAJO Y AUTORIZACIÓN DUEÑO DE ÁREA (C.C.)

1.1 En las respectivas inducciones del personal propio y/o contratista se debe informar al personal sobre las áreas con presencia de espacios confinados, prohibición de ingreso y requisitos para la realización de trabajos en el sector.
1.2 Todo el personal que desarrolle trabajos en espacios confinados, debe contar con un permiso de trabajo para espacio confinado, el que debe estar revisado y validado por el dueño del área a cargo de los trabajos.

C.2 CALIBRACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS PARA MEDICIÓN DE ATMÓSFERA

2.1 La organización debe contar con un programa de revisión, control, calibración y mantención de instrumentos. Este debe ser trazable y asegurar que deja fuera de servicio lo que correspondan.
2.2 Se debe considerar la frecuencia de calibración, preuso y personal competente para realizar la calibración.

C.3 IDENTIFICACIÓN DE ESPACIOS CONFINADOS

3.1 Contar con un catastro de los espacios confinados presentes en la faena.
3.2 Identificar y señalizar los espacios confinados, de tal forma de definir preevaluación de los riesgos y controles del punto.
3.3 El catastro de los espacios confinados se debe actualizar anualmente.

C.4 PLAN DE EMERGENCIAS (C.C.)

4.1 Procedimiento y medidas de control de emergencias específicas para las tareas de intervención en espacios confinados.
4.2 El plan de rescate debe estar incorporado en el procedimiento de trabajo de la tarea en espacios confinados, diferenciando la respuesta inmediata de la activación de las brigadas de emergencia.
4.3 La supervisión y al menos uno de los trabajadores(as) presentes en la cuadrilla que realizará trabajos en espacios confinados, deben contar con los cursos de primeros auxilios.

HERRAMIENTA DE VERIFICACIÓN DE CONTROLES CRÍTICOS

1. ESTADO DE SALUD Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL

OPERADOR(A)

  • ¿Me encuentro en condiciones y cuento con los conocimientos, competencias y autorizaciones  para ingresar a un espacio confinado?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que el personal a cargo cuenta con los conocimientos, competencias y autorizaciones  para ingresar a un espacio confinado?

2. SEGREGACIÓN Y CONTROL DE ACCESO

OPERADOR(A)

  • ¿El espacio confinado a intervenir cuenta con letreros de identificación y advertencia de tipos de atmósferas peligrosas?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que su personal aplica todos los controles indicados en la señalética del espacio confinado?

3. MONITORIZACIÓN Y MEDICIÓN DE ATMÓSFERA PELIGROSA

OPERADOR(A)

  • ¿Realizó y registró en el permiso de trabajo la medición inicial atmósfera del espacios confinados?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que su cuadrilla de trabajo cuenta con un equipo de medición certificado y calibrado para monitorear la atmósfera previo al ingreso?

4. PERMISO DE TRABAJO Y AUTORIZACIÓN DUEÑO DE ÁREA

OPERADOR(A)

  • ¿Cuenta con el permiso de trabajo para ingresar a un espacio confinado firmado por el dueño del área a cargo de los trabajos?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que su cuadrilla cumple todos los controles exigidos en el formulario permiso de trabajo para ingresar a espacio confinado?

5. PLAN DE EMERGENCIAS

OPERADOR(A)

  • ¿Conoce el plan de actuación en caso de emergencia para trabajos en espacios confinados?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que sus trabajadores conocen el plan de actuación en caso de emergencias y cuentan en la cuadrilla con un vigía capacitado en primeros auxilios?
En caso de respuesta NO, detén la tarea, corrige el control crítico y luego reporta.

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