B.1 DISEÑO Y/O CERTIFICACIONES DE LAS INSTALACIONES
1.1 Los equipos deben poseer dispositivos que permitan el aislamiento y bloqueo.
1.2 Los equipos, máquinas y sistemas que posean puntos de transformación o derivación de energía y que revistan peligro de contacto, deben estar confinados y contar con señalización de peligro que indique la restricción de intervención.
1.3 Los componentes eléctricos deben contar con sistemas de aislación y protecciones, de manera que se desenergicen automáticamente ante situaciones de emergencia.
1.4 Todo equipo, componente y máquina eléctrica, debe contar con dispositivos de confinamiento para sus circuitos eléctricos.
1.5 Todos los tableros eléctricos deben contar con las debidas protecciones eléctricas (ejemplo: protección diferencial, puesta a tierra y sin barras expuestas, contar con señalización numerados y con teléfono de contacto del responsable del turno).
1.6 Se prohíbe el uso de herramientas confeccionadas artesanalmente (hechizas).
B.2 SEGREGACIÓN Y CONTROL DE ACCESO (C.C.)
2.1 Se debe contar con un procedimiento y permiso de trabajo específico que regule la autorización de intervención, operación, mantenimiento, reparación y limpieza de equipos, máquinas, componentes y sistemas eléctricos energizados y desenergizados (procedimiento de bloqueo, aislamiento y verificación de energía cero, procedimiento de lavado de líneas eléctricas, entre otros).
2.2 El procedimiento debe contener a lo menos los siguientes elementos:
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- Contener el paso a paso de la tarea de identificación de energías
(tipos y sus definiciones), secuencia de maniobra, aislación y bloqueo.
- Tipos de bloqueos (detallar elementos y accesorios) y sus lugares de colocación.
- Plano eléctrico que identifique los circuitos eléctricos afectados en estado de energía cero.
- Sistemas de aviso, advertencia y registro (tarjetas, letreros, libros u otros).
- Roles y responsabilidades de los intervinientes y sus autorizadores.
- Elementos de protección personal básicos y específicos según tipo de maniobra y energía.
- Protocolo de Puesta en Marcha.
- Documentar el inicio y término de toda intervención a equipos, máquinas, componentes y sistemas eléctricos que requiera de bloqueo eléctrico, tanto de la instalación como los retiros de estos.
- Protocolo de comunicaciones (cambio de turnos, interferencia, trabajos simultáneos).
2.3 En toda maniobra eléctrica, se debe segregar y señalizar el área de trabajo, instalando letreros de advertencia en los puntos de acceso, identificando al supervisor(a) a cargo e indicar la frecuencia radial y/o número telefónico.
2.4 Se debe definir e implementar en las instalaciones eléctricas, los límites de aproximación o distancias de seguridad según normas establecidas (Reglamento Eléctrico).
2.5 La segregación es parte integral de los trabajos, en los cuales se debe considerar su instalación y retiro. Los elementos de segregación permitidos son:
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- Barreras New Jersey.
- Conos con cadenas continuas.
- Vallas de seguridad o papales.
- Conos con vallas.
2.6 Las salas eléctricas, subestaciones eléctricas, subestaciones móviles y otras instalaciones eléctricas deben disponer de sistemas de control de acceso.
2.7 Las puertas/compuertas de los CCM, subestaciones, patios de alta tensión y tableros eléctricos, deben contar con candados que impidan el acceso de personas no autorizadas.
2.8 Las máquinas, gabinetes y componentes eléctricos deben contar con dispositivos de confinamiento de sus circuitos eléctricos (Ej.: construidos en NCh4/2003 y NSEG 5).
B.3 AISLACIÓN Y BLOQUEO POR SECUENCIA DE MANIOBRAS Y VERIFICACIÓN DE ENERGÍA (C.C.)
3.1 Se debe contar con dispositivos para comprobar la aislación, bloqueo y verificación de ausencia de tensión o energía cero para todo tipo de energía presente.
3.2 Los medidores de tensión deben estar certificados y antes de su uso en terreno se debe realizar una prueba con una fuente “viva” conocida, antes de dar por cierta una prueba de ausencia de tensión. Esta prueba debe quedar registrada y en poder del personal electricista a cargo de la maniobra.
3.3 Los dispositivos de bloqueo eléctrico serán de carácter intransferible, de acción personal e individual.
3.4 Para el caso de los bloqueos múltiples, se debe contar con un procedimiento o instructivo específico.
3.5 En el caso de las tarjetas de identificación personal, se debe indicar nombre, apellidos, empresa, cargo, Rut, teléfono de contacto y área del trabajador.
3.6 El candado de bloqueo eléctrico personal debe tener llave única y no podrá ser de combinación o maestra.
3.7 Todos los equipos, máquinas, componentes y sistemas eléctricos, deben contar con señalización indicando el punto de bloqueo de energía.
3.8 Se deben identificar los equipos a intervenir (TAG), las energías presentes mediante diagramas unilineales y la secuencia de maniobras a realizar, con roles y responsabilidades (Plan de Bloqueo).
3.9 Toda instalación eléctrica debe contar con planos de líneas y eléctricos actualizados.
3.10 Toda herramienta eléctrica, debe conectarse sólo a tableros eléctricos que cuenten con las debidas protecciones eléctricas (ejemplo: protección diferencial y puesta a tierra).
3.11 Todo equipo e instalación eléctrica debe contar con protección contra fugas a tierra (interruptores de circuitos), junto con corta corrientes de uso general.
3.12 Todo equipo, herramienta portátil y manual que presente en su funcionamiento fuentes peligrosas, donde sea factible, debe contar con un sistema de hombre muerto que lo desactive total o parcialmente (Ej.: esmeril angular, taladros, etc.).
3.13 Para trabajos en equipos energizados, se debe utilizar herramientas aisladas y de capacidad de resistencia superiores a la tensión a intervenir.
3.14 Implementar en función de la tensión (> 1 kV) sistemas de restricción de movimiento (anclaje o segregación), de manera de mantener la distancia de seguridad definida “bloqueo a la persona”.
3.15 El supervisor(a) a cargo de la intervención en procesos de operación, mantenimiento, reparación o limpieza de equipos, máquinas, componentes y sistemas eléctricos, considera terminado el bloqueo eléctrico sólo cuando se haya cerciorado y verificado el retiro de todos los bloqueos personales.
B.4 EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL, HERRAMIENTAS ESPECÍFICAS Y EQUIPOS NO CONDUCTORES (C.C.)
4.1 Todo el personal debe utilizar equipo de protección personal básico y específico según la tarea y análisis de riesgos (dieléctrico y/o ignífugo) y verificar que este indique en su etiqueta la clasificación para Arc Flash que posee (Ej.: CAT 0, 1, 2 o 4).
4.2 Utilizar guantes de goma aislantes y adecuados para la tensión. (nota: se requiere de guantes con aislamiento eléctrico cuando se trabaja en o cerca de tensiones de 50 voltios de CA y 110 voltios de corriente continua o superiores).
4.3 Verificar, inspeccionar y registrar el buen estado de los EPP eléctricos (Ej.: libre de rasgaduras, cortes, daños y libre de contaminantes como grasas y aceites).
4.4 Realizar y registrar la prueba de inflado de guantes de tensión nominal.
4.5 Utilizar sólo guantes de tensión que se encuentren dentro de su fecha de prueba.
4.6 Será obligación de todo trabajador(a) verificar el buen estado y funcionamiento de las instalaciones, equipos y/o herramientas eléctricas, las que -en caso de presentar deterioros que impliquen riesgos potenciales para la seguridad y salud- deben ser identificadas e inmediatamente dejadas fuera de servicio.
4.7 Todo trabajador(a) debe verificar que los instrumentos de medición alta tensión (> 1 kV), tales como detector de voltaje, se encuentre de acuerdo con el procedimiento y cuente con un historial trazable.
4.8 Todo el personal debe utilizar herramientas para trabajo con tensión, debe verificar que están certificadas y son adecuadas para el nivel de tensión a intervenir (Ej.: alicates, destornilladores para 1000 voltios).
4.9 Verificar, inspeccionar y registrar el buen estado de las herramientas no conductoras eléctricas (Ej.: libre de rasgaduras, cortes, daños y libre de contaminantes como grasas y aceites).
4.10 La verificación de condiciones debe cumplir como mínimo con el
programa de revisión de acuerdo con el código de colores.