LUNDIN MINING: GESTIÓN DE RIESGOS DE FATALIDAD (FRM)

FRM 13: Pérdida de Control de Explosivos

A. REQUISITOS DE LAS PERSONAS

 

A.1 ESTADO DE SALUD Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL (C.C.)

1.1 Todo el personal que deba realizar trabajos con explosivos debe:

      • Contar y portar su licencia de manipulador(a) y/o calculista de explosivos, la cual debe estar vigente.
      • Conocer los riesgos a los que está expuesto(a) y sus controles.

1.2 El manipulador(a) de explosivos y encargado(a) del polvorín que tenga menos de dos años de experiencia, debe tener cuarto medio rendido, examen psicológico aprobado por la empresa especialista y salud compatible, más de un mes de entrenamiento asociado a manipulación de explosivos y licencia de manipulador(a) de explosivos.
1.3 El(la) transportista debe conocer e implementar la normativa específica al transporte de explosivos, poseer licencia de conducir A5 y de manipulador(a) de explosivos.
1.4 El supervisor(a) debe ser profesional del ámbito de la minería, con competencias equivalentes y experiencia en operaciones demostrables.
1.5 Todo el personal que estime que sus aptitudes técnicas, físicas y/o psicológicas se encuentren disminuidas, debe informar de esto inmediatamente a su supervisor(a) para ser derivado a un centro de atención médica o reasignado(a) a otras funciones, según corresponda.
1.6 Toda persona que cuente con una restricción y que, a juicio del médico, le impida realizar trabajos de manipulación de explosivos, debe informar su condición a su supervisor(a) directo(a) y ser relevado(a) de sus funciones, mientras se mantenga en tratamiento.
1.7 Ningún trabajador(a) debe estar bajo la influencia del alcohol o drogas.

A.2 VERIFICACIÓN CONDUCCIÓN RESPONSABLE

2.1 Cada operador(a)/conductor(a) de transporte de explosivos, debe entregar su hoja de vida del conductor(a) cada 6 meses al área de Protección Industrial del Distrito Candelaria.

B. REQUISITOS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES (INGENIERÍA)

 

B.1 SEGREGACIÓN Y CONTROL DE ACCESO (C.C.)

1.1 No está permitido el ingreso de personal ajeno a las operaciones con explosivos. Para casos exclusivamente justificados, debe existir un supervisor(a) guía que será responsable de instruir las prohibiciones, peligros, riesgos y medidas de control antes de ingresar al área.
1.2 El personal que ingresa al área debe hacerlo sin encendedores o fósforos en sus pertenencias, dejando éstos fuera del área de trabajo.
1.3 El lugar donde se produce el carguío de pozos debe estar lejos de la zona de carguío de equipos (extracción de material quebrado). La distancia mínima es de 20 metros del pozo más cercano al equipo de extracción.
1.4 Para casos donde se usen equipos eléctricos, el cable de alimentación debe estar alejado 20 metros del pozo más cercano.
1.5 La segregación en torno al área de tronadura (delimitada por conos amarillos con negro, cenefas, etc.) debe ser de 20 metros.
1.6 En la eventualidad que el sector quede con pozos cargados y sin ejecutar la detonación, se debe señalizar el área, de preferencia con balizas luminosas, para evitar errores en la extracción de material en turnos de noche, acompañado con letrero que indique zona con explosivo “Peligro - No Pasar”, Cenefas y/o loros vivos si es necesario.

B.2 SISTEMA DE CONTROL Y VIGILANCIA

2.1 En conformidad a la legislación nacional, se debe contar con un sistema de control y vigilancia permanente en todos los lugares donde se almacenan y manipulan explosivos, de tal forma de garantizar el absoluto control del almacenamiento de éstos.
2.2 El recinto donde se almacenan los explosivos debe estar constantemente resguardado y controlado, durante todo el tiempo, independiente que no exista consumo.

B.3 TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANIPULACIÓN DE EXPLOSIVOS (C.C.)

3.1 El mantenimiento debe realizarse de acuerdo con el kilometraje establecido en las pautas de mantenimiento del fabricante de los vehículos, en talleres certificados, autorizados por el representante de la marca o personal entrenado y/o calificado por el fabricante.
3.2 Camionetas: antigüedad no superior a 5 años, con un máximo de 150.000 kilómetros, ampliable a 7 años o 200.000 kilómetros previa certificación del fabricante.
3.3 Vehículo de servicio de transporte: antigüedad máxima de 10 años, con un máximo de 1.000.000 kilómetros, debe presentar informe del Servicio Técnico autorizado de la marca del vehículo cuando sea requerido a partir del quinto año, que acredite las condiciones estructurales y de funcionamiento.
3.4 El almacenamiento debe realizarse de acuerdo con lo que exige la legislación aplicable.
3.5 Es requisito contar con pararrayos y descarga a tierra en los accesos donde se almacenan los explosivos. De igual manera, se debe contar con un plan de mantención e inspección de estos dispositivos, para comprobar su estado de conexión.
3.6 La trazabilidad de los explosivos debe ser controlada en todo momento, ya sea para ejecutar carguío de pozo o para almacenar.
3.7 No está permitido el uso de llama abierta, como tampoco fumar en los lugares donde se encuentren almacenados los explosivos.
3.8 Mantener señalizado con letreros que adviertan de los riesgos y las prohibiciones que rigen en el área.
3.9 Debe existir un plan de evacuación difundido y entendido por todo el personal que permanece en el área.

C. REQUISITOS DE LA ORGANIZACIÓN (GESTIÓN)

 

C.1 REGLAMENTO OPERACIONAL DE TRANSPORTE, MANIPULACIÓN, ALMACENAMIENTO Y USO DE EXPLOSIVOS

1.1 La gerencia o área encargada de la operación unitaria “tronadura” debe contar con un reglamento específico para trabajos con explosivos, visado y aprobado por la autoridad correspondiente (SERNAGEOMIN).
1.2 El reglamento debe estar actualizado, difundido y entregado a quienes pueden verse afectados por el proceso, incluyendo empresas colaboradoras.
1.3 En el caso de cambio o modificaciones que realice la autoridad en el Reglamento de Seguridad Minera, debe existir una revisión del Reglamento Interno de Tronadura, y se debe presentar a la autoridad.

C.2 SISTEMA DE CONTROL Y DISEÑO TRONADURA

2.1 Se debe establecer un sistema de control de diseño que mida, entre otras variables: ubicación espacial de los pozos, longuitud de tacos, carga de columna, burden, espaciamiento, valor energético del explosivo.

C.3 SISTEMA DE CONTROL Y CALIBRACIÓN PARA CARGUÍO DE POZOS

3.1 Contar con un sistema de control y calibración, durante el carguío de pozos en los camiones fábricas.
3.2 El supervisor(a) de explosivos es el encargado(a) de solicitar las nombradas o pautas de tronadas diarias en el área, además debe cerciorarse de que el sector a tronar esté acondicionado para la tarea.
3.3 Cada pozo de tiro debe ser revisado por el encargado de la tronadura.
3.4 Cada amarre debe ser revisado por el supervisor de la tronadura.
3.5 El(la) responsable del cierre de área/sector/nivel es el supervisor(a) del turno en coordinación con el supervisor(a) de tronadura.

C.4 BALANCE CONSTANTE DE EXPLOSIVOS

4.1 Establecer un protocolo o mecanismo que considere un balance constante de explosivos, tanto en consumos como en existencia de los polvorines.

C.5 PROGRAMA DE MANTENIMIENTO

5.1 El programa de mantenimiento de equipo e instalaciones debe considerar: pararrayos, malla a tierra, instalaciones eléctricas, redes de incendio, entre otros.
5.2 El mantenimiento debe realizarlo una persona acreditada que certifique las instalaciones eléctricas, resistividad de los pararrayos y mallas a tierra.
5.3 Los sistemas de protecciones contra incendios deben tener un programa en conformidad con norma NFPA y de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).

C.6 ESTUDIO DE PIRITA Y CALCOPIRITA REACTIVA

6.1 Cada faena debe realizar un estudio de pirita y calcopirita reactiva, para evaluar un procedimiento de carguío específico en estos casos.

C.7 PLANIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN PRE TRONADURA Y POST TRONADURA

Contar con un procedimiento de tronadura que incluya, a lo menos:
7.1 Planificación (incluye monitoreo de condiciones climáticas y ambientales).
7.2 Comunicación efectiva en el punto de carguío.
7.3 Asegurar la comunicación entre el personal involucrado en la operación (debe tener trazabilidad).
7.4 Distribución de roles y responsabilidades (loros, cierres y despeje).
7.5 Sistema de evacuación y emergencia, entendido y difundido.
7.6 Uso de carta de loro (evacuación) por tronadura, con una distancia o radio mínimo de 500 metros para las personas, (rajos) medido horizontalmente. Los loros vivos deben estar fuera de este radio, al igual que el personal que realiza la detonación. El aviso de evacuación a la organización debe ser con al menos cinco horas de anticipación.
7.7 La posición de los equipos para la tronadura debe estar de acuerdo con el tipo de tronadura, la distancia mínima es 200 metros y casos especiales deben ser definidos en conjunto entre el supervisor(a) de Operaciones Mina y el supervisor(a) de tronadura.
7.8 En caso de tormenta eléctrica, la distancia a la zona amagada (evacuación) en torno a la planta de almacenamiento de materias primas y polvorines, debe ser como mínimo 700 metros para las personas.

C.8 PROCEDIMIENTO PARA TRATAR DETONACIONES INCOMPLETAS (TIROS QUEDADOS) Y LA DESTRUCCIÓN DE EXPLOSIVOS VIEJOS (C.C.)

8.1 En la eventualidad que el sector quede con pozos no detonados, después de efectuar la detonación de la malla de pozos cargados, se debe aplicar un procedimiento específico que asegure una eliminación del explosivo (tiro quedado) o una detonación controlada.
8.2 Si el “tiro quedado” no es posible eliminarlo o detonarlo, se debe dejar identificado y señalizado como si se trata de una zona cargada de explosivos. El equipo que extrae el material quebrado debe trabajar a una distancia segura que evite la alteración del lugar con explosivos.
8.3 Debe existir un “Libro de Tiros Quedados”, el cual debe ser auditable y cumplir con exigencias legales.
8.4 El procedimiento que se debe aplicar tiene que ser construido por los(as) expertos(as) y el personal que manipula explosivos, y debe ser actualizado en función de los cambios que ocurren en los procesos, sea por incorporación de nueva tecnología o por eventos no deseados.
8.5 El personal involucrado en la actividad debe estar en conocimiento del procedimiento específico y entender la secuencia de la eliminación de un “tiro quedado”.
8.6 En caso de realizar excavaciones prar despejar un tiro quedado; estas deben ser ejecutadas con un equipo idóneo y controlado de tal forma que no exista contacto con los explosivos y el balde del equipo. Esta maniobra debe realizarse con un loro vivo, especialista en explosivos.
8.7 La ubicación del “tiro quedado” debe quedar identificado topográficamente y marcado en terreno.

C.9 POLÍTICA DE ALCOHOL Y DROGAS

9.1 La organización debe contar, mantener y difundir una Política de Control de Alcohol y Drogas.
9.2 La Política de Control de Alcohol y Drogas aplica para todo el personal que se desempeñe al interior del Distrito Candelaria, incluyendo a los trabajadores(as) de las empresas colaboradoras.
9.3 La Política de Control de Alcohol y Drogas debe estar incluida en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS).
9.4 La organización debe establecer un sistema de control preventivo (exámenes aleatorios y programados) y reactivo (sospecha y frente a accidentes) para alcohol y drogas. Esto es independiente y adicional al sistema de control que apliquen las propias empresas colaboradoras con sus trabajadores(as).
9.5 Los exámenes de Alcohol y Drogas son obligatorios.

C.10 GESTIÓN DEL CAMBIO

10.1 En caso de suspensión, postergación o redefinición de tronadura, se debe realizar gestión del cambio.
10.2 Esta autorización debe ser emitida por el subgerente Mina o quien lo reemplace.

HERRAMIENTA DE VERIFICACIÓN DE CONTROLES CRÍTICOS

1. ESTADO DE SALUD Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL

OPERADOR(A)

  • ¿Me encuentro en condiciones y cuento con los conocimientos, competencias y autorizaciones transportar o manipular explosivos?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que sus trabajadores(as) cuentan con sus licencias y autorizaciones al día para transportar o manipular explosivos?

2. SEGREGACIÓN Y CONTROL DE ACCESO

OPERADOR(A)

  • ¿El área en torno a la tronadura se encuentra delimitada por conos amarillos con negro, cenefas, acompañado con letrero que indique zona con explosivo, “Peligro No Pasar” y loros vivos si es necesario?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que se instalaron las delimitaciones, segregaciones y señalización en 360° y que no hay personal ajeno a las operaciones en el sector?

3. TRANSPORTE, ALMACENAMIENTO Y MANIPULACIÓN DE EXPLOSIVOS

OPERADOR(A)

  • ¿El equipo o recinto donde se transporta o almacenan explosivos se encuentran en condiciones óptimas según se indica en los check list?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que el transporte, almacenamiento y manipulación de explosivos se realiza según se exige en el procedimiento de trabajo específico?

4. PROCEDIMIENTO PARA TRATAR DETONACIONES INCOMPLETAS (TIROS QUEDADOS) Y LA DESTRUCCIÓN DE EXPLOSIVOS VIEJOS

OPERADOR(A)

  • ¿Está capacitado, entrenado y autorizado para aplicar el procedimiento para tratar detonaciones incompletas, tiros quedados o destrucción de explosivos viejos?

SUPERVISOR(A)

  • ¿Verificó que su personal ha sido instruido, conoce, cuenta y aplica la última versión vigente del procedimiento para tratar detonaciones incompletas, tiros quedados o destrucción de explosivos viejos?
En caso de respuesta NO, detén la tarea, corrige el control crítico y luego reporta.

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