A. REQUISITOS DE LAS PERSONAS
A.1 ESTADO DE SALUD Y COMPETENCIAS DEL PERSONAL (C.C.)
1.1 Todo el personal que deba realizar trabajos en espacios confinados debe contar con un certificado de salud compatible para trabajo en “Espacios Confinados” emitido por una mutualidad.
1.2 Todo el personal que estime que sus aptitudes técnicas, físicas y/o psicológicas se encuentren disminuidas, debe informar inmediatamente a su supervisor(a), antes de ingresar a espacios confinados, para que pueda ser derivado a un centro de atención médica o reasignado a otras funciones, según corresponda.
1.3 Toda persona que cuente con una restricción y que, a juicio del médico, le impida realizar trabajos en espacios confinados, debe informar su condición a su supervisor(a) directo y ser relevado de sus funciones mientras se mantenga en tratamiento.
1.4 Ningún trabajador(a) puede estar bajo la influencia del alcohol o drogas.
1.5 Todo el personal que deba realizar trabajos en espacios confinados debe contar previamente con un entrenamiento sobre las siguientes materias:
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- Procedimiento de trabajo específico en espacio confinado.
- Procedimiento de emergencia específico para espacio confinado.
- Equipos de medición de gases, sus sistemas de alerta y control.
- Protocolo de comunicaciones.
- Sistemas de aireación y ventilación.
- Aislación y bloqueo de energías (LOTOTO).
- Segregación del área.
- Permisos de trabajo.
- Aviso a policlínico.
A.2 RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR(A)
Los supervisores(as) a cargo de los trabajos en espacios confinados son responsables de:
2.1 Planificar el trabajo considerando todas las variables, gases presentes, sus análisis de riesgos y medidas de control.
2.2 Elaborar, dar a conocer y evaluar los conocimientos de sus trabajadores(as) respecto de procedimiento específico de trabajo para espacios confinados y las coordinaciones con la brigada de emergencia.
2.3 Coordinar e informar, previo a la ejecución del trabajo, el lugar, fecha, hora y duración de los trabajos a la brigada de emergencia.
2.4 Verificar que todas las energías presentes y potenciales se encuentren identificadas, aisladas, bloqueadas y con prueba de energía cero (LOTOTO).
2.5 Definir “loro vivo” capacitado(a) para realizar control de acceso, mediciones de gases y comunicaciones para activar las emergencias.
2.6 Asegurar que el personal conozca y cuente con los recursos (radios), entienda y aplique el protocolo de comunicaciones.
2.7 Verificar, antes, durante y después, la correcta implementación de los controles operacionales.