B. REQUISITOS DE LOS EQUIPOS E INSTALACIONES (INGENIERÍA)
B.1 SEGREGACIÓN Y CONTROL DE ACCESO (C.C.)
1.1 Las áreas donde exista riesgo de caída de rocas o no esté debidamente saneado o acuñado, deben estar segregadas con cenefas o cadenas que limiten, alerten y prohíban el acceso. La cenefa debe decir “NO PASAR, riesgo de caída de rocas”.
1.2 Para ingresar a las áreas segregadas se debe contar con la autorización expresa del jefe(a) de turno o supervisor(a), dueño(a) y responsable del área.
1.3 No está permitido el uso de cintas plásticas de peligro.
1.4 La vulneración (violación o retiro sin aviso) de una cenefa o control de acceso, se considera falta grave y se sancionará de acuerdo con el Reglamento interno.
B.2 MONITOREO GEOMECÁNICO EN ZONAS CRÍTICAS (C.C.)
2.1 Se debe contar con un sistema de monitoreo geomecánico que permita anticipar una inestabilidad, tales como: TDR, BRED, extensómetros, piezómetros, tensiómetros, condiciones ambientales, entre otros.
2.2 Los equipos de monitoreo y control de estabilidad deberán contar y cumplir con un programa de mantención preventiva que cumpla o supere las recomendaciones del fabricante.
2.3 Mantener un programa de inspecciones de condiciones de fortificación de las labores definido por el área geotécnica.
2.4 Para zonas críticas se debe contar con un sistema de monitoreo en línea y plan de acciones de alerta temprana.
2.5 Establecer protocolo de comunicaciones y acciones operativas, respecto al tipo de alerta generado.
2.6 Mantener y calibrar los sistemas de monitoreo principales, de acuerdo con la pauta del fabricante.
2.7 En los lugares de la mina subterránea, en los cuales las operaciones hayan sido descontinuadas, se deberá inspeccionar la condición geomecánica y el estado de la fortificación, antes de autorizar el ingreso de terceros o reactivar las actividades mineras.